Estas son las cláusulas más importantes de una hipoteca

A la hora de contratar una hipoteca es muy importante que tengas muy claro lo que estás firmando. Estos préstamos suelen contener una serie de cláusulas que son desconocidas para muchos clientes. Para evitar esto, lee detenidamente el contrato y consulta con especialistas qué significan y qué implican cada una de ellas. Solo así podrás tener la tranquilidad de que no vas a afrontar pagos inesperados en un futuro por no saber que estaban en el contrato de la hipoteca.

En gibobs te acompañamos durante todo el proceso para resolver cada una de tus dudas y explicarte hasta la letra más pequeña con el único objetivo de que sepas en cada momento qué estás firmando.

Cláusulas de una hipoteca

Las cláusulas de una hipoteca pueden ser muy variadas, de hecho, hoy son ilegales algunas que hace unos pocos años eran habituales. Es el caso de la conocida como cláusula suelo, por lo que ninguna entidad bancaria puede incluirla en sus contratos. A continuación, te comentamos las principales cláusulas que pueden incluir los bancos en las hipotecas de manera completamente legal.

El tipo de interés de referencia

Oficialmente, existen varios tipos de interés que se toman como referencia en los préstamos inmobiliarios. El más conocido y utilizado por la mayoría de los bancos es el euríbor. En función de las variaciones que sufra este índice, lo harán también los intereses que tendrá que pagar el cliente.

Por lo tanto, en el caso de las hipotecas con tipo de interés variable, es imprescindible que tengas muy en cuenta el valor que tiene el euríbor. Cuanto más alto sea, más intereses deberás pagar y mayor será la cuota hipotecaria mensual que deberás afrontar.

Además, las entidades financieras suelen aplicar un diferencial sobre este tipo de interés, la suma de ambos es la cantidad total que pagarás en concepto de intereses.

La cláusula suelo se eliminó para beneficiar a los clientes, ya que cuando el euríbor desciende, la cuota para pagar es menor. Con esta cláusula se limitaba este descenso y se les exigía a los deudores un mínimo a pagar sin importar que el euríbor estuviera por debajo de ese valor.

Cláusula techo

Esta sigue estando permitida, porque en este caso, los beneficiados son los clientes. Si tu contrato contiene esta cláusula, aunque el euríbor se dispare de manera desorbitada, tú nunca vas a pagar intereses por encima de un valor fijado.

Por ejemplo, si esta estipulación se fija en un 7 % y la suma del euríbor más el diferencial está en un 9 %, el banco te seguirá aplicando un 7 % en concepto de intereses.

Esto tiene bastante importancia, ya que el euríbor suele ser muy variable y cuando se dispara, las cuotas hipotecarias alcanzan valores que los clientes no pueden afrontar. Con esta cláusula, tendrás claro cuál va a ser el máximo que pagar, por lo que podrás estar tranquilo en este sentido.

Cláusulas de vencimiento anticipado

Hay determinados préstamos bancarios que recogen en sus contratos algunas condiciones mediante las que las entidades bancarias pueden decidir de forma unilateral su resolución. Es imprescindible que prestes especial atención a este tipo de cláusulas, puesto que si no lo haces puedes llevarte la desagradable sorpresa de que tu contrato hipotecario se rompa por algún motivo que desconoces.

Aunque estas condiciones las incluyen los bancos en los contratos y pueden ser de diversa índole, algunas de las más utilizadas son las siguientes:

  • Incumplimiento por parte de los clientes de determinadas obligaciones informativas, como por ejemplo, la entrega por parte de personas jurídicas de sus cuentas anuales.
  • El impago de un determinado número de cuotas por parte de los deudores.
  • Que los clientes sufran una pérdida de patrimonio desproporcionada de manera inesperada.

Tipos de cláusulas

Cláusula de cancelación

Si un cliente devuelve de manera anticipada el importe de una hipoteca, la entidad bancaria deja de ganar dinero. Tenía previsto obtener unos determinados beneficios gracias a los intereses durante un número determinado de años y, si el cliente paga todo lo que tiene pendiente, esos intereses nunca van a llegar a cobrarlos.

Si el deudor decide dar este paso, los bancos cobran una determinada comisión por el pago adelantado. Mediante esta cláusula de cancelación consiguen hacerse con parte de ese dinero que van a dejar de ganar en los siguientes años.

Revisión del tipo de interés de referencia

Por lo general, año a año se revisa el tipo de interés que se haya tomado como referencia. En función de las variaciones que haya sufrido, se establecerá la nueva cuota que tienes que pagar por tu deuda hipotecaria.

Este plazo puede variar y, si lo hace, suele ser más corto que el año. En estos casos, se revisaría cada mes o cada semestre. El funcionamiento es el mismo, si el tipo de interés ha subido, la nueva cuota que tienes que pagar será mayor y al contrario, si ha bajado, será menor.

Cláusulas de garantía

En este caso, puedes encontrarte con dos tipos de garantías, las reales y las personales. La primera es la garantía hipotecaria que se constituye en favor de la entidad bancaria. Por lo general, la suele constituir el propio cliente de la deuda inmobiliaria, sin embargo, también cabe la posibilidad de que lo haga un tercero. Esta persona no está obligada a devolver el dinero al banco ni recibe el préstamo, pero aporta la garantía hipotecaria en su favor.

En las personales, generalmente, el deudor responde con todos sus bienes presentes y futuros si la garantía no cubre el total del importe. Si existen avalistas, estas garantías también se extienden a ellos, por lo que deben responder por la persona que haya contraído el préstamo hipotecario.

Cláusula de penalizaciones por demora

Si tienes un préstamo hipotecario y te retrasas en el pago de alguna cuota, la entidad bancaria puede aplicarte una comisión por demora. Este recargo se suele cobrar en el pago de la siguiente cuota, por lo que te verás obligado a abonar una cantidad mayor a la que te corresponde. Otra manera de aplicar esta cláusula es elevando el interés nominal que se haya pactado.

Existen límites para que este tipo de comisiones no resulten abusivas. Pero es conveniente que leas bien el contrato y compruebes que no está incluida esta cláusula. Si lo está y la aceptas, recuerda pagar las cuotas a tiempo para no sufrir ningún tipo de penalización por este motivo.

revisión del tipo de interés de referencia

Dación en pago

Esta es una cláusula que se aplica cuando el deudor no puede afrontar de ninguna manera el dinero que le debe a la entidad bancaria. Es triste verse en esta situación, porque debe entregar el inmueble hipotecado al banco y, de esta manera, poner fin a la deuda.

Es algo complicado, ya que las cuotas que se hayan pagado con anterioridad no se recuperan y, aunque el cliente se libera de la deuda total, también pierde el inmueble que ha estado pagando desde que firmó el contrato.

Cláusula suelo

Este tipo de cláusula puede existir todavía en hipotecas que sean anteriores al 16 de junio de 2019. Desde ese momento, con la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria, quedó totalmente prohibida incluirla en los contratos hipotecarios.

Si tu deuda es anterior a esta fecha, también debes tener en cuenta que puedes reclamar que se te devuelva el dinero que has pagado de más en el caso de que la entidad bancaria no actuara contigo con la suficiente transparencia. Es decir, para que las cláusulas suelo anteriores al 16 de junio de 2019 tengan validez, el banco ha debido informarte de que la iba a incluir en el contrato.

Si no es así y crees que la entidad financiera no actuó correctamente, no dudes en reclamar el dinero que te corresponde.

Comisión por pasar tu hipoteca de interés a variable a otra de interés fijo

Puede que te sientas ahogado por las cuotas porque el euríbor o el tipo de interés de referencia haya subido demasiado. En este caso, puedes considerar que tu mejor opción es pasarte a un préstamo hipotecario en el que el tipo de interés sea fijo.

Debes saber que los bancos se reservan el derecho de aceptarlo. En el caso de que lo acepten, te cobrarán una comisión. Aun así, antes de que entrara en vigor la nueva Ley Hipotecaria, estas comisiones eran más altas de lo que lo son en la actualidad.

Hoy en día, si tomas esta decisión, el máximo que puede cobrarte el banco por hacer el cambio de hipoteca de variable a fija es de un 0,15 %, en el caso de que lo hagas durante los tres primeros años de la deuda. A partir de ese momento, puedes hacerlo de manera gratuita. Consulta con profesionales si te interesa hacerlo, puede que en los próximos meses el euríbor baje y este movimiento no sea la solución.

Es muy importante que conozcas cuáles son las cláusulas que pueden incluirte los bancos en tu hipoteca. En Gibobs Allbanks te ayudamos en todo lo que necesites y resolvemos todas las dudas que tengas al respecto. Nuestro objetivo es que tu salud financiera mejore y encontrar el préstamo inmobiliario más adecuado para ti. Contacta con nosotros y nuestro equipo de profesionales se pondrá a tu disposición.