Novedades en la Ley Hipotecaria

Te contamos los cambios que se han producido en la nueva Ley 8/21, que entra en vigor a partir de hoy, 3 de septiembre de 2021, para que sepas cómo afecta esta actualización a la compraventa de inmuebles.

“El pasado 3 de junio de 2021 se publicó en el BOE la nueva Ley 8/21, que implica la supresión del artículo 28 de la Ley Hipotecaria y que conlleva un cambio muy importante: los herederos no forzosos podrán vender un inmueble sin tener que esperar los dos años que indicaba anteriormente la ley.

En gibobs allbanks, queremos acercar el sistema financiero a nuestros usuarios y, para ello, te explicamos en este artículo todo lo que tienes que saber sobre la nueva Ley Hipotecaria.”

¿Qué es la Ley Hipotecaria?

Es la normativa que regula todos los aspectos vinculados al mercado hipotecario en España. En ella se recogen todas las normas legales aplicables al ejercicio de la inscripción o anotación de los actos, contratos y derechos reales sobre bienes inmuebles. Se creó en el año 1946 y, desde entonces, ha ido modificándose para adaptarse a las circunstancias de los nuevos tiempos, siendo la supresión de su artículo 28 el último cambio que ha sufrido desde sus inicios.

¿De qué trata el artículo 28 de la Ley Hipotecaria?

“El artículo 28 de la Ley Hipotecaria decía así: “Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante. Exceptúanse las inscripciones por título de herencia testada o intestada, mejora o legado a favor de herederos forzosos”.

Es decir, que los familiares directos del fallecido (como hermanos, primos, sobrinos, etc.) o indirectos que heredaban una vivienda no eran reconocidos como propietarios en el Registro de la Propiedad hasta que transcurrieran dos años. En este periodo, podría aparecer un heredero forzoso y reclamar el inmueble.”

¿Cuál es la diferencia entre un heredero forzoso y un heredero voluntario?

“Cuando una persona hace testamento, existen dos tipos de herederos:

  • Heredero voluntario: es aquel que hereda algo de una persona por su voluntad, es decir, es nombrado expresamente en el testamento para recibir la herencia.
  • Heredero forzoso:es aquel que tiene derecho a percibir una parte o porción de la herencia a la que se denomina legítima. 

Según el artículo 807 del Código Civil, son herederos forzosos:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.”

¿Por qué se produce este cambio en la Ley Hipotecaria?

“Principalmente, esta supresión se debe a que los supuestos que este artículo está llamado a proteger son muy residuales en comparación con el perjuicio que ocasiona en el flujo de la compraventa de inmuebles. Es un cambio que se llevaba demandando desde hace muchos años, pero que se ha acelerado a causa de la pandemia, ya que el número de las vivienda heredadas se ha disparado y muchas de ellas no cuentan con herederos forzosos.

Además, se quiere evitar que los bancos consideren estas operaciones como “de riesgo”, ya que podría aparecer una tercera persona con mejor derecho en la herencia y reclamar el bien, lo que podría resultar en la pérdida de la garantía hipotecaria.”

¿Qué ocurre con las operaciones realizadas antes del 3 de septiembre de 2021?

“En la publicación de la nueva Ley, no se hace referencia a si la supresión de este artículo también afecta a las sucesiones otorgadas antes de su entrada en vigor, aunque se entiende que también dejará de aplicarse. 

Por ello, en aquellos inmuebles en los que se ha anotado la limitación del artículo 28 en el Registro de la Propiedad, o que actualmente se encuentren en curso, podrán solicitar su cancelación.”

¿Cómo beneficia este cambio al mercado inmobiliario español?

Al reducir los tiempos de espera, se aumenta el número de operaciones de compraventa. En ocasiones, los herederos se veían obligados a esperar durante esos dos años y a afrontar los costes del mantenimiento de la vivienda hasta poder venderla sin limitaciones. De esta forma, el mercado inmobiliario español se convertirá en un ecosistema más ágil y dinámico tanto para compradores como para vendedores.

Esperamos que este artículo sobre la nueva Ley Hipotecaria te haya parecido interesante y te haya ayudado a solucionar tus dudas. Te invitamos a leer nuestro próximo artículo y a que sigas aprendiendo los secretos del sistema financiero que te ayudarán a tomar las mejores decisiones.

Fuente: Ley Hipotecaria española. Para más información, https://www.boe.es/eli/es/d/1946/02/08/(1)/con